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La AFIP prorrogó por dos meses el pago de las cargas patronales que vencían en abril

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09 abril de 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció hoy que prorrogó por dos meses el pago de las contribuciones patronales que vencían en abril. Estiman que esta medida alcanza al 56% de las empresas argentinas y que emplean a más de 3,5 millones de trabajadores.

El beneficio está disponible para aquellas firmas incluidas en el listado de actividades definido por la Jefatura de Gabinete de Ministros en el marco del Programa de Asistencia en la Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP).

La postergación por dos meses de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que vencían en abril será informada de manera automática a las empresas una vez que se haya inscripta en el ATP.

Asimismo, los pagos postergados deberán realizarse en junio, de acuerdo al cronograma que establezca el organismo. La medida es complementaria a la reducción o postergación de hasta el 95% del pago de las contribuciones al SIPA previsto en el ATP.

La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 4693/2020 y 4694/2020. El comunicado cita que, a causa del aislamiento social obligatorio “se evidencia una disminución de la actividad productiva que afecta de manera inmediata y aguda a las empresas, particularmente a aquellas micro, pequeñas y medianas”.

Además, la AFIP definició extender tres día el plazo de la presentación de la declaración jurada de abril correspondiente a la seguridad social (Formulario 931). Las empresas, tanto las beneficiarias de la postergación como las que no accedan al mecanismo, tendrán tiempo hasta el 16 de abril para realizar los pagos.

Cómo acceder al beneficio

Entre el 9 y 14 de abril las empresas podrán acceder al servicio web habilitado por la AFIP para inscribirse en el programa de beneficios y herramientas.

Para ello, es necesario que el empleador cuente con clave fiscal con nivel de seguridad 3 como mínimo y domicilio fiscal electrónico constituido.

Por otro lado, los beneficiario deberán suministrar la información económica relativa a sus actividades que les sea solicitada. Los datos son necesarios para acceder a los distintos beneficios contemplados en el ATP.

En caso de haberse inscrito correctamente, la postergación de vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al SIPA se realizará según la terminación del CUIT del contribuyente.

Tendrán tiempo a pagar hasta el 16 de junio los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3, hasta el 17 de junio los finalizados en 4, 5 y 6 y hasta el 18 de junio los CUIT que concluyen en 7, 8 y 9.

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