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La Corte respaldó a los gobernadores y avaló el reclamo por coparticipación

02 octubre de 2019

El Gobierno volvió a saborear un trago amargo de parte de la Corte Suprema de Justicia, que ayer les dio la razón a quince gobernadores opositores que presentaron un reclamo por recursos coparticipables con el que habían cuestionado la decisión de Mauricio Macri de quitar el IVA a alimentos y aumentar el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias. Con una medida cautelar que aprobaron los jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda, y que rechazó el presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, la Corte ordenó que las medidas del Gobierno no afecten las arcas provinciales.

El fallo toma como origen el recurso que presentó Entre Ríos, que gobierna el peronista Gustavo Bordet. Extendió el alcance a Catamarca, Chubut, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.

La demanda de Entre Ríos que la Corte Suprema admitió ayer cuestionaba los decretos con los que Macri estableció la quita del IVA a alimentos, el aumento del mínimo no imponible de Ganancias (que lo llevó a $ 55.376 mensuales para trabajadores solteros, y a $ 70.274 mensuales para las familias tipo) y la reducción de 50% de los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos. Lorenzetti, Rosatti y Maqueda tomaron en cuenta que Entre Ríos planteó que se configuraba “un perjuicio actual y directo a la provincia de Entre Ríos” y que, “en tal sentido, invocó un informe de la Comisión Federal de Impuestos, que estima que el impacto de las medidas adoptadas sobre la provincia actora supera la suma de $ 1.000.000.000”.

Por mayoría, la Corte otorgó la medida cautelar. El fallo subrayó que existe “verosimilitud en el derecho invocado por la provincia, y un peligro acreditado que podría producirse en caso de demorarse su otorgamiento”.

La Corte subrayó en sus fallo que los recursos coparticipables no pueden reducirse por decreto, sino que eso “debe ser dispuesto por el Congreso y cumpliendo los requisitos constitucionales”. Remarcó que los $ 1.000.000.000 que Entre Ríos calculó como pérdida ante el recorte impositivo del Gobierno afectarían “el normal funcionamiento de las instituciones provinciales y la atención de necesidades básicas de su población”.

La decisión de la Corte fue “ordenar que los efectos fiscales” de las decisiones impositivas del que tomó el Gobierno tras las PASO y que las provincias cuestionaron “sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional”.

Como en otros fallos resonantes, el presidente del tribunal quedó en minoría. Rosenkrantz firmó el fallo en disidencia, consideró que Entre Ríos debería primero demostrar que está “legitimada” para solicitarla. “La legitimación procesal para demandar presupone la existencia de una relación jurídica sustancial, es decir, de una relación que vincula al que dice sufrir un agravio con el que estaría obligado a repararlo”, planteó Rosenkrantz.

Las especulaciones cuando se presentaron los reclamos de los gobernadores giraban en torno a un fallo de la Corte que podría demorarse. Sin embargo, el Máximo Tribunal se expidió poco más de un mes después de que las presentaciones provinciales.

Julio Rodríguez Signes, fiscal de Estado de Entre Ríos, afirmó a El Economista que la decisión cortesana “no era inesperada”. Y completó: “Teníamos nuestras dudas, pero no es la primera vez que la Corte dicta fallos a favor de las provincias. Esta Corte va a ser recordada por los fallos a favor de las provincias, por lo menos los de Lorenzetti, Rosatti y Maqueda”.

“Es impecable lo que hizo la Corte, porque los dos requisitos de las cautelares estaban presentes: verosimilitud del derecho y peligro en la demora. Verosimilitud del derecho, porque es evidente que no se puede modificar el régimen de coparticipación por decreto. Y el peligro en la demora, porque las provincias dependen de la coparticipación para brindar los servicios de salud, educación, seguridad”, concluyó el fiscal de Estado de Entre Ríos.

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