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Empieza juicio a Echegaray, ex titular de AFIP, por acusar falsamente a Prat Gay

10 mayo de 2019

El ex titular de la AFIP durante el kirchnerismo, Ricardo Echegaray, comenzó a ser juzgado esta mañana por presunta violación de secreto y falso testimonio ante el Tribunal Oral Federal 4, que comenzó la lectura de las acusaciones al exfuncionario, bajo la acusación de haber usado información confidencial para acusar falsamente a Alfonso Prat-Gay de haber formado parte de una asociación ilícita que habría evadido impuestos a través de dos cuentas bancarias en Suiza de la familia de la fallecida empresaria Amalia Fortabat, de quien él era administrador.

La presentación, realizada con información confidencial, fue desestimada en los tribunales en lo Penal Económico y tras eso, Prat-Gay denunció a Echegaray.

El inicio del juicio está planificado desde las 10 de la mañana de hoy, en los tribunales Comodoro Py, y junto a Echegaray serán juzgados los ex funcionarios de la AFIP Horacio Curien y Pedro Roveda.

https://twitter.com/alfonsopratgay/status/1126807117388767232

Esto será tan solo el inicio, ya que a principios de junio de 2019, el exfuncionario enfrentará el segundo juicio en su contra: será por el caso Oil Combustible, en el que se investiga la millonaria deuda contraída por Cristóbal López y Fabián de Sousa. En este caso, a Echegaray se lo acusa de "haber otorgado de manera irregular y en forma consistente, sistemática y deliberada, mediante la inobservancia de los deberes inherentes a su cargo, planes de pago especiales y generales a Oil Combustibles SA ?de la cual era responsable López? por el impuesto sobre los combustibles líquidos y gas natural (ICL)".

A esto se suma, desde diciembre de 2018, su rol en el caso Ciccone, por el que está detenido Amado Boudou. Es por haber cambiado su posición respecto del otorgamiento de la conformidad de la AFIP para el levantamiento de la quiebra de Ciccone Calcográfica, en un lapso de dos días sin ningún tipo de justificación.

Los jueces consideraron que, por el cargo que detentaba el entonces titular del organismo tributario, “tenía la facultad de otorgar su conformidad de manera condicionada o incondicionada para ese acto". Pero matizaron que "lo que no podía hacer Echegaray de manera legítima era variar sustancialmente el carácter de la conformidad prestada, en un lapso corto, si más motivación que una solicitud por parte de la empresa quebrada si ningún tipo de especificación”.

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