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Justicia Electoral pide actualizar la Cámara Baja

Ordenó, en un fallo, que se actualice la representación de la cámara según el censo 2010, cumpliendo con la Constitución

06 julio de 2018

El artículo 45 de la Constitución Nacional dice: “El número de representantes será de uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que no baje de dieciséis mil quinientos. Después de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo”. La actual representación está basada según el censo de 1980 y ayer la Cámara Nacional Electoral (CNE) determinó que la representación de la Cámara Baja debe actualizarse al censo del 2010 y requirió que la cámara “extreme los recaudos para ejecutar el mandato constitucional”.

El fallo de los jueces Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera respondió una demanda de un votante de Córdoba que consideraba que “por encontrarse desactualizada la cantidad de diputados que se eligen por distrito, el valor de su voto es inferior al de los ciudadanos de otras provincias”.

Actualmente son 257 los diputados nacionales. Entre algunas de las provincias subrepresentadas, además de Córdoba, están Santa Fe y Entre Ríos. Pero se destaca la provincia de Buenos Aires, que hoy cuenta con 70 bancas pero que debería ascender a 90. “Cuanto más exacta sea la relación entre la población de la República y el número de sus diputados, más fielmente se respetará el sabio plan de organización del Poder Legislativo adoptado por la Constitución argentina”, aseguró la Cámara Electoral. La ciudad de Buenos Aires, en ese, perdería siete escaños. El fallo pide actualizar, no utiliza el término “incrementar”.

Antecedente

En 2016 este tema fue discusión en Diputados. El presidente de la cámara, Emilio Monzó, bonaerense, forzó un intento para avanzar en ese sentido, pero no recibió el acompañamiento de la oposición. Fue una madrugada en la que se discutía la reforma electoral. El presidente recibió ayer la notificación del fallo que califica de “anacrónica” la actual composición por basarse en un censo de 1980.

No obstante, el fallo da cierta libertad para ajustar este desequilibrio que denuncia: “De actualizarse la base de representación el número de integrantes no necesariamente habría de variar en mucho, lo que denota lo innecesario de la modificación en la partida presupuestaria correspondiente para solventar el gasto que irrogaría la puesta en función de los eventuales nuevos cargos”. El fallo, inesperado, por cierto, no incluye datos sobre cómo debe ser el rediseño. El tribunal señaló que “no es ajeno a las dificultades económicas que circundan la realidad de nuestro país”. La Constitución, en el artículo 45, sostiene que en las actualizaciones “puede aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado”.

Hay dos proyectos en la Cámara Baja, con estado parlamentario, que van en este sentido. Uno presentado por Carla Carrizo (Evolución Radical) y otro de Nicolás del Caño (FIT), que recupera una iniciativa de Myriam Bregman.

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