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Un enorme esfuerzo y diminutas preferencias

Si se comparan los beneficios del reingreso al SGP contra las pérdidas de exportaciones por biodiésel, acero y aluminio (US$ 1.800 M al año) cabe relativizar el optimismo sobre un posible boom de exportaciones a EE.UU.

14 marzo de 2018

Por Eduardo R. Ablin Embajador (*)

Luego de dos años de negociaciones, y seis de exclusión del mismo, nuestro país ha sido reincorporado al “Sistema Generalizado de Preferencias” (SGP) de EE.UU. a partir de 2018. No es la primera vez que sufre sanciones en el sistema, habiendo en 1997 perdido beneficios a causa de una controversia bilateral por la legislación sobre patentes y protección de datos. La exclusión en 2012 se originó en el desconocimiento de laudos del tribunal del CIADI (Banco Mundial) sustanciados por empresas ante violaciones al acuerdo bilateral entonces vigente sobre promoción y protección de inversiones. En 2011 ?último año en que Argentina fue beneficiaria? se registraron colocaciones por US$ 464 millones (10% de las exportaciones totales a EE.UU.), habilitándose el ingreso libre de arancel para 538 posiciones del “Harmonized Tariff Schedule USA” (HTSUS), mayormente para productos agrícolas argentinos. Los principales fueron ?en millones de US$? vinos (36), preparaciones y conservas bovinas (33), artículos de confitería sin cacao (33),  aceite de oliva (29), quesos (17), maníes (11), y frutillas (9).

El SGP de EE.UU. concede desde 1976 derechos arancelarios reducidos ?o en muchos casos nulos? a las importaciones de 120 “Países en Desarrollo” (PEDs). Renovable cada tres años, se encuentra vigente hasta concluir 2020. Las operaciones totales bajo SGP ascendieron en 2016 a US$ 18.700 millones, equivalentes al 3% de aquellas que hubieran estado sujetas a algún tipo de arancel, ya que la mitad de las importaciones en EE.UU. ingresan libre de derechos. Las posiciones HTSUS a ocho dígitos sujetas a tasa 0% ascienden a 5.057, aunque sólo 70% se encuadran en el SGP. Los sectores más relevantes ?que nuclearon 25% del total importado bajo el régimen? fueron partes para motores de vehículos, joyas de metales preciosos, piedras para construcción, neumáticos, ferroaleaciones, bebidas saborizadas y aguas minerales, motores y generadores eléctricos, aparatos de aire acondicionado, cables con aislamiento, y válvulas para caños y tanques. Pocas parecen competitivas en nuestro medio. Los 7 principales países beneficiarios ?que concentraron 88% de la operativa SGP? fueron India, Tailandia, Brasil, Indonesia, Filipinas, Turquía y Sudáfrica.

Se presume al SGP una herramienta unilateral tendiente a promover el desarrollo económico de los PEDs, sin “daño para la producción de EE.UU.”. Así, al renovarlo en febrero, el Subcomité de Comercio del Congreso argumentó que “concede reducciones arancelarias que generan ahorro de costos a la industria en EE.UU., por lo que miles de empleos nacionales dependen de este programa, sobre el cual reposan en particular ?para mantener su capacidad competitiva internacional? pequeñas y medianas empresas, que ahorraron US$ 865 millones en aranceles en 2017. Al mismo tiempo, los criterios de acceso al sistema obligan a nuestros socios comerciales a garantizar la apertura de sus mercados a los bienes y servicios estadounidenses, incluyendo la protección de la propiedad intelectual”. Las prolongadas gestiones argentinas para la reincorporación al SGP motivaron consultas acerca de la normativa que garante la propiedad intelectual en nuestro país y el proceso de patentamiento de medicamentos. También se cuestionaron las trabas al comercio, reclamándose un pronto acceso de carne porcina.

Los reales beneficios del SGP para los países exportadores siempre han sido cuestionados, en razón de sus restricciones: a) la exclusión de productos “sensibles” (textiles, vestimenta, calzado, marroquinería, electrónica, siderurgia, artículos de vidrio, y la mayor parte de los productos agropecuarios; b) las colocaciones de un solo país en cualquier posición HTSUS no pueden superar 50% del total importado en EE.UU.; c) las colocaciones de un país bajo una posición HTSUS se limitan a un valor máximo (US$ 180 millones actualmente), cifra que excluirá al 90% de los vinos argentinos en 2018;  d) las singulares reglas de origen aplicadas a los productos procesados impiden en muchos casos su cobertura; e) la denominada “graduación” elimina a aquellos países que superan un ingreso anual per capita determinado ?actualmente US$ 12.000?, y f) salvo escasas excepciones ?como el sector agrícola?, la preferencia promedio alcanza al 2,6%, en tanto la media de los aranceles en EE.UU. oscilan en torno a 3%.

Así, los países competitivos en la colocación de un producto son paradójicamente penalizados, por lo que el SGP no define el flujo de comercio, salvo en el caso de bienes agrícolas procesados. El Ministerio de Producción asignó al SGP una “ganancia” en torno de U$S400 millones de dólares anuales para Argentina, vislumbrando un amplio crecimiento potencial del comercio bilateral y la atracción de inversiones desde EE.UU. En rigor, la medición de “ganancia” no corresponde al valor de exportaciones que podrían ampliarse bajo el SGP, sino al valor del diferencial arancelario atesorado, que puede estimarse en torno de US$ 20-25 millones. Ello difícilmente induzca inversiones ante la incertidumbre de un régimen renovable, en particular en el contexto de conflictividad comercial del Gobierno de Donald Trump. Las inversiones de EE.UU. preferirán siempre radicarse  donde cuenten con Acuerdos de librecomercio que garantizan certeza respecto del flujo de intercambio con arancel cero. A su vez, el Ministerio de Agroindustria atribuyó un gesto muy significativo al Gobierno de Trump, no sólo por su impacto sobre las exportaciones regionales, sino también por su significación para las relaciones bilaterales. Si se comparan los beneficios del SGP contra las pérdidas de exportaciones por las medidas sobre el biodiésel, acero y aluminio (US$ 1.800 millones anuales) cabe relativizar el gesto citado. Recuperar y expandir oportunidades para la exportación de las economías regionales por vía del SGP de EE.UU. es factible, aunque la relevancia del mismo para Argentina seguirá siendo marginal, ya que la preferencia desgravada es muy limitada, beneficiando sólo al 10% de las colocaciones en ese mercado, una fracción minúscula de las exportaciones totales del país.

(*) Las opiniones vertidas son de exclusiva responsabilidad del autor y no comprometen a la institución en la cual se desempeña

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