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Apuntes tras la fusión de Telecom y Cablevisión

La aprobación de la fusión entre Cablevisión y Telecom se produce en un controvertido escenario

27 diciembre de 2017

Por Ricardo Porto 

Tradicionalmente, la idea de monopolio natural estuvo presente en los servicios públicos en general y en las telecomunicaciones en particular. El concepto de competencia es relativamente nuevo en esta materia. Muchos consideran que la misma fue introducida recièn en 1982, cuando el juez Harold Green, en EE.UU, decidió la división del monopolio de AT&T, en el marco de una medida antitrust, y creó las denominadas Baby Bell.

En relación a los medios de comunicación sociales, el debate en torno al combate a los monopolios se da entre aquellos que consideran que este objetivo se logra con leyes generales de defensa de la competencia, que poseen reglas ex post y quienes entienden que deben utilizarse normas específicas que determinen exactamente cuántas radios, canales de TV y máximos de mercado puede poseer un grupo.

Por último, Internet también tiene sus propias regulaciones orientadas a preservar la apertura de las redes. No obstante, la complejidad reside en que Internet y la convergencia tecnológica fusionan estos tres tipos de medios y, por ende, las medidas de defensa de la competencia resultan sumamente problemáticas dado que tienen que integrar mercados y servicios anteriormente separados.

La aprobación de la fusión entre Cablevisión y Telecom se produce en este controvertido escenario y, precisamente, se han considerado estos tres segmentos del mercado: telecomunicaciones, TV paga e Internet. En cuanto a la primera cuestión, dado que la suma de ambas empresas de telefonía celular -Personal y Nextel- superan la cantidad de espectro permitido para prestar ese servicio, deberán devolver el excedente en dos años. Sobre la TV paga, se alienta la competencia entre el nuevo grupo, Telefónica y Claro en las ciudades más grandes a partir del 1º de enero de 2018 y se preserva a las ciudades con menos de 80.000 habitantes y aquellas otras en donde sólo operan pequeños cables y cooperativas, hasta el 1º de enero de 2019. Finalmente, en cuanto al acceso a Internet, se procura asegurar los derechos de los usuarios y alentar la competencia, exigiendo a las empresas fusionadas cobrar el abono más barato y compartir su infraestructura en las zonas donde tienen poder significativo de mercado. Asimismo, hay que recordar que aún debe intervenir la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.

Estas medidas se fundan en que la nueva megaempresa, según afirma Martín Becerra y otros especialistas, concentrará a nivel nacional el 42% de la telefonía fija, el 34% de la telefonía móvil, el 56% de las conexiones a Internet por banda ancha fija, el 35% de la conectividad móvil y el 40% de la TV paga. En ciertas ciudades, esas cifras son aún mayores, llegando en algún caso al monopolio en varios de esos servicios.

Nadie puede afirmar si este tipo de medidas asegurará la competencia o conducirá a un mercado oligopólico. Lo que resulta claro es que se afectará la diversidad y el pluralismo, máxime si se tiene en cuenta que los otros grandes competidores ?Telefónica y Claro? son muy fuertes económicamente, pero no tanto como proveedores de contenidos con incidencia política.

En cuanto a los mecanismos institucionales por los cuales se aprobó la fusión existen dos visiones contrapuestas. Los críticos destacan que es la continuación del camino unilateral iniciado a comienzos del Gobierno de Mauricio Macri, cuando a través del DNU 267/15 se derogaron numerosos artículos de la Ley de Medios y la Ley Argentina Digital. Esa senda continuó con otros decretos y resoluciones dictadas por una autoridad de control muy dependiente del Gobierno. Desde el oficialismo se recuerda, en cambio, que el mencionado DNU fue ratificado por la Cámara de Diputados y que el ENACOM, a diferencia de lo que solía suceder en la gestión anterior en la AFSCA, aprobó por unanimidad la fusión, lo que reflejaría un apoyo multipartidario a la medida.

Sin perjuicio de ello, la demora oficial en remitir al Congreso un proyecto de ley de comunicaciones convergentes condiciona y plantea un severo dilema a los legisladores. Tendrán que aprobar la ley manteniendo el statu quo, ratificando un determinado modelo de mercado, o bien modificar las reglas del juego, lo que conducirá a un interminable proceso de judicialización. En este último caso se afectará la seguridad jurídica y, en el primero, la autonomía del Congreso.

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