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La reforma, asegura Hacienda, generará más empleo y “un fuerte incentivo” hacia la registración

“Con el nuevo marco proyectado se incrementará la demanda de trabajo y se generará un fuerte incentivo a registrar trabajadores", dice

14 noviembre de 2017

El empleo registrado, junto con la inversión, es uno de los puntales más potentes de la reforma tributaria. Eso espera, cuanto menos, el Gobierno mientras que los privados son algo más cautos.

 ¿Qué propone la reforma?

El principal instrumento será reducir el costo de contratación de los trabajadores, impactando proporcionalmente en mayor medida en aquellos menos calificados para promover su ingreso al mercado laboral formal. “Para ello, se plantea la implementación gradual (en cinco años) de un monto Mínimo No Imponible de $ 12.000, actualizables por el IPC, suministrado por el Indec, en concepto de remuneración bruta, que los empleadores comprendidos en el Decreto 814/2001 podrán detraer mensualmente, por cada uno de los trabajadores, de la base imponible considerada para el cálculo de las contribuciones patronales con destino a los subsistemas comprendidos en dicha norma. Es decir, que los primeros $ 12.000 de remuneración bruta no pagarán tales contribuciones”, dice el proyecto.

Eso, creen en Hacienda, “ocasiona una disminución drástica del costo de contratación de trabajadores de menor calificación, reduciendo el incentivo implícito de las cargas sociales a operar por fuera de la ley mediante el empleo no registrado”.

Asimismo, se elimina, en forma gradual, la posibilidad de computar determinados porcentajes de contribuciones patronales como crédito fiscal del IVA, en ciertas zonas geográficas del país (excepto Buenos Aires y la Capital Federal que no contaban con este beneficio) y se limita el alcance de los beneficios dispuestos por la Ley 26.940, dejando sus efectos reducidos a ciertas situaciones particulares.

A su vez, se plantea una notable simplificación de las normas involucradas y de la administración tributaria, propiciando la unificación gradual de la alícuota aplicable para la determinación de las contribuciones patronales correspondientes al sector privado y a las entidades y organismos del sector público comprendidos en el artículo 1° de la Ley 22.016 y sus modificaciones y eliminando tanto las reducciones por tamaño de empresa como el esquema de pagos a cuenta de contribuciones patronales por zona geográfica antes mencionado. Así, se introduce en forma gradual una alícuota que termina unificándose en el 19,5% para los sujetos comprendidos en el artículo 2° del decreto 814/2001, en sustitución de las actuales del 17% y 21%, cuya aplicación depende de la actividad que desarrolle el empleador y de su nivel de ingresos.

Asimismo, se dispone que el Poder Ejecutivo, a partir de 2022, será el encargado de establecer las proporciones que, de las contribuciones patronales que se determinen por la aplicación de la alícuota unificada, se distribuirán a cada uno de los subsistemas del Sistema Unico de Seguridad Social contemplados en el precitado decreto.

Por otra parte, se propicia la modificación del artículo 9° de la Ley 24.241 y sus modificaciones, relativo a la base imponible para el cálculo de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino, adecuando su texto a las modificaciones introducidas al ordenamiento jurídico por la Ley 26.417, entre otras normas y previendo la eliminación gradual del límite máximo allí previsto para el cálculo de aportes al referido subsistema, de modo de dotarlo con mayores recursos.

“Con el nuevo marco proyectado se incrementará la demanda de trabajo y se generará un fuerte incentivo a registrar trabajadores, impactando positivamente tanto sobre el nivel de empleo y de ingresos de los trabajadores como en la reducción de la evasión de cargas sociales”, se ilusionan en el Gobierno.

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