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El impuesto a la renta financiera llegó hasta el bitcoin

Dentro de los capítulos que tratará, el proyecto de reforma tributaria que envió el Gobierno al Congreso tendrá uno específico al gravamen de la renta financiera

14 noviembre de 2017

Dentro de los capítulos que tratará, el proyecto de reforma tributaria que envió el Gobierno al Congreso tendrá uno específico al gravamen de la renta financiera. En el artículo 61 pide sustituir “los párrafos tercero a sexto del artículo 90 del a Ley de Impuesto a las Ganancias” y la sorpresa es que grava hasta las criptomonedas.

El proyecto propone que: “Cuando la determinación de la ganancia neta de los sujetos (...) provenientes de operaciones de enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales (...) monedas digitales, títulos, bonos y demás valores, así como por la enajenación de inmuebles o transferencias de derechos sobre inmuebles, quedarán alcanzados por el impuesto a la alícuota del quince por ciento (15%)”. Quedarán exentos Fondos Comunes de Inversión y acciones que cotizan en las Bolsas locales.

El impuesto se aplicará cuando los ingresos anuales del inversor sean superiores a $ 500.000 y desde el Gobierno destacaron hace unos días que el impuesto será “menor al 35% que se paga de Ganancias”.

Sin embargo, el propio Gobierno fue el primero en criticar la iniciativa que había ideado originalmente el titular del Frente Renovador, Sergio Massa, a fines del año pasado porque decían que iba “en contra de la iniciativa de fomentar la bancarización” y el desarrollo del mercado de capitales.

A fin de 2018, habría que sacar cuentas: los contribuyentes que hayan invertido en activos financieros (salvo FCI y acciones locales) y obtengan un rendimiento anual acumulado superior a $ 500.000 al año, incluyendo sus ingresos salariales, pasarán a tributar sobre esa ganancia.

Además, el proyecto despertó polémica porque prevé gravar dentro de la renta financiera a las monedas digitales, como asegura una de las modificaciones. En ese sentido, el artículo 2 dice que quedarán gravados “los resultados derivados de la enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales (...), monedas digitales, títulos, bonos y demás valores (...)”.

Recaudación menor

Por otra parte, la recaudación total por el impuesto a la renta financiera representará menos del 10% de la rentabilidad que se obtendrá a través de las Lebac en 2018, según un informe del Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad de Avellaneda (UNDAV). “La proyección oficial sobre la recaudación del impuesto representa un porcentaje muy menor al monto transferido por intereses de los instrumentos financieros a los que se busca gravar”, señala el estudio.

En términos agregados, la recaudación por este nuevo tributo “no será muy significativa”. Así, si sólo se toma la rentabilidad de las Lebac, el incremento de recaudación para 2018 ($ 20.000 millones, según estimaciones oficiales) no representa ni el 10% (9,4%) de los intereses a pagar en el próximo ejercicio, aseguró el Observatorio.

A su vez, los $ 20.000 millones esperados para el año próximo, representarán alrededor del 0,2% del PBI, contra el 2,1% de intereses de Lebac que se pagó en 2016 y el 1,4% en los primeros diez meses de 2017, dijo UNDAV. “Esto se debe a la dinámica insustentable del ritmo de colocación de Lebac, donde aproximadamente el 60% de los vencimientos se ubican en los próximos 3 meses”, concluyó.

El monto en circulación actual de estos instrumentos ya representa 11,2% del PIB, un 41,5% del presupuesto de gastos para el año próximo, siete veces el presupuesto del Ministerio de Educación y casi veinte veces el del Ministerio de Infraestructura, Obras Públicas y Vivienda.

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