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AFIP recibirá datos de cuentas en el exterior

Recibirá datos de cuentas de argentinos que viven en el exterior y aportará esa información de extranjeros con cuentas en el país

23 mayo de 2017

La AFIP modificó el Régimen de Información de Entidades Financieras mediante el que el organismo fiscal recibirá datos de las cuentas de argentinos que viven en el exterior y, asimismo, aportará esa información sobre extranjeros que tengan cuentas en nuestro país.

Mediante este mecanismo, Argentina recibirá en 2017 información de 50  países, destacándose que en 2018 se incorporarán al menos otros 50 países más. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) brindará la asistencia técnica para la transmisión de los datos garantizando la confidencialidad y el resguardo de la información.

La medida se estableció aplicando la Resolución General N°4056, publicada ayer en el Boletín Oficial.

Este  régimen de información está dirigido a las instituciones financieras como, por ejemplo, bancos y aseguradoras, entre otras, que informarán los datos de los titulares de las cuentas con sus saldos en la moneda de origen.

Esta información será recibida hasta el 30 de junio de cada año (fecha que fue modificada  puesto que el plazo anterior era hasta el 31 de mayo de cada año).

Cabe destacar que dicho régimen se enmarca en el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes  que Argentina suscribió en octubre del 2014 por el cual se obliga a cumplir con el  estándar para el Intercambio Automático de Cuentas Financieras de No Residentes, como país miembro del G20 y asociado a la OCDE.

Las visiones

Para contextualizar la resolución, El Economista dialogó con Diego Fraga, del bufete RCTZZ Abogados. “El objetivo de esta normativa es cumplir con el Acuerdo Multilateral por el que Argentina se ha obligado al intercambio automático, con una gran cantidad de países, de información relativa a cuentas financieras de sujetos que no son residentes. Para homogeneizar ese intercambio, existen ciertas pautas, trazadas por la OCDE, que se denominan 'Normas Comunes en Materia de Presentación de Información' (el famoso CRS o Common Reporting Standard). La nueva resolución (Nº 4056) tiene como antecedente una dictada con el anterior Gobierno, la RG 3826 (a la cual sustituye). En su momento también habían emitido normas al respecto el BCRA, la Superindendencia de Seguros de la Nación y la Comisión Nacional de Valores, ya que todas estas son autoridades de aplicación de las entidades financieras que tienen que realizar auditorías (due dilligence) sobre las cuentas de sus clientes, para determinar si resultan o no reportables en los términos del CRS”, dijo Fraga.

Y agregó: “La RG 4056 adopta el denominado enfoque amplio, que -entre otras cuestiones- amplía el alcance de las auditorías sobre cuentas financieras, para hacerlas extensivas a todos los sujetos no residentes en Argentina, aunque no exista un acuerdo específico de intercambio de información suscripto con el país donde esos sujetos sean residentes. Según se afirma en los considerandos de la resolución, esto es para reducir costos, ya que evita a las instituciones financieras tener que estar indagando a qué jurisdicción pertenecen (basta con tener indicios de que el titular de la cuenta es no residente). Es decir, las instituciones financieras no van a tener que repetir las auditorías sobre las cuentas cada vez que un país o jurisdicción adhiera al Acuerdo Multilateral”.

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