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Simplifican trámites para exportar carne a Europa

08 febrero de 2017

El sector ganadero arrancó el año con novedades. Ayer, amaneció con la noticia de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 53/2017, que implementa nuevos procedimientos para los establecimientos que integran el circuito comercial que provee animales para faena de exportación a la Unión Europea. La medida, que implementó el Ministerio de Agroindustria a través del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), apunta a simplificar los trámites y “facilitar las inscripciones”, según explicó la cartera que conduce Ricardo Buryaile.

“Surgió de acuerdo a las mejoras que se han introducido en los últimos años en los sistemas de gestión sanitaria, en la identificación y en el control de residuos”, aseguró, y señaló que a partir de ahora se permitirá el acceso de animales al bloque en forma “más dinámica”, con “mejoras en la operatividad de los productores” y el “desarrollo de mecanismos de inspección acordes al sistema implementado”.

La iniciativa comprende a los animales que nacen, se recrían, se engordan y se envían a faena para luego despacharse, dado que en la Unión Europea todos los ejemplares se encuentran identificados y trazados, así como también los establecimientos registrados en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).

En ese sentido, el Senasa, que confeccionó el plan junto a dirigentes de la actividad, analizó la información acerca de los pasos a seguir en el proceso de exportación y resolvió agilizarlo, aunque le garantizó a ese mercado “mayores garantías de cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos”. “A su vez, cabe destacar que se mantienen y agilizan los controles y requisitos existentes por parte del organismo para los proveedores de carne a la Unión Europea”, remarcó en un comunicado.

Los detalles

Según detalla el texto de la nueva norma, desde ahora habrá una “mayor disponibilidad de establecimientos aptos para remitir bovinos, bubalinos y ciervos a establecimientos proveedores de bovinos para faena” y se eliminará la obligación de “elaborar y declarar la Tarjeta de Registro Individual de Tropa (TRI) de animales desde los campos que abastecen a los Establecimientos Proveedores de Faena”. En tanto, el productor del campo proveedor de faena para el bloque deberá realizar una “lectura de los animales al arribo del predio de destino, momento en el cual los animales se incorporan al circuito UE, simplificando el trámite y la operatividad, y minimizando el error humano”.

Por otro lado, aclaró que “los establecimientos que se encuentran inscriptos en el actual registro de proveedores de faena a la UE no deben volver a inscribirse”, mientras que “los nuevos productores que deseen ingresar al registro, deben declarar la totalidad de las caravanas aplicadas sobre los animales del predio y esperar al menos cuarenta días para enviarlos a faena”. “El registro es por establecimiento agropecuario, por ende, todos los productores que realicen actividad ganadera en el predio deben inscribirse”, advirtió.

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