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El Gobierno reglamenta el régimen de PPP

21 febrero de 2017

Mediante el decreto 118 publicado ayer en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional reglamentó la ley 27.328 que establece el régimen de contratos de participación público privada (PPP). Se trata del instrumento que el Poder Ejecutivo imagina como punta de lanza para atraer y agilizar inversiones por decenas de miles de millones de dólares, que estarán destinados a financiar el ambicioso plan de obras públicas.

Según el decreto el nuevo régimen está orientado a “desarrollar proyectos en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica”. Según las estimaciones oficiales, el sistema posibilitará aceitar el financiamiento de estas obras por un monto que podría llegar, en un cálculo de mínima, a los US$40.000 millones.

Nuevo modelo

La ley, que fue sancionada por el Congreso a mediados de noviembre, constituye una opción alternativa a los sistemas tradicionales de contratación de obra pública, en los que el Estado diseña, financia, abona y opera las obras, mientras que los privados sólo ejecutan el presupuesto y construyen las obras.

En este sentido, el nuevo régimen supone un cambio de paradigma en la contratación pública, desde el momento en que excluye o limita las prerrogativas del Estado. Entre ellas, vale mencionar el poder de modificar unilateralmente el contrato; la rescisión por razón de interés público; la imposibilidad del contratista privado de invocar el incumplimiento del Estado para suspender sus prestaciones; y la limitación de la responsabilidad estatal.

De acuerdo al decreto reglamentario, la centralización normativa de los contratos prevista por la ley recaerá en la Unidad de Participación Público Privada, que estará en la órbita del Ministerio de Finanzas, que contará para ello con la asistencia del Ministerio de Hacienda.

El decreto 118 también declara “de interés nacional” todos los proyectos que se desarrollen en el marco de la ley 27.328, al tiempo que invita a las administraciones provinciales a adherirse al régimen y a eximir del impuesto de Sellos a todos los contratos y subcontratos ejecutados total o parcialmente en sus territorios en el marco de la PPP.

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