El Economista - 70 años
Versión digital

jue 18 Abr

BUE 12°C

Un guiño a la coparticipación

El fallo de la Corte marca la necesidad de revertir los problemas actuales en la materia

26 noviembre de 2015

A pocos días de que comience el gobierno de Mauricio Macri, la Corte Suprema emitió un fallo de gran dimensión en varios planos. En primer lugar, el primer efecto de hacer lugar a las demandas planteadas por Córdoba, Santa Fe y San Luis, sobre la inconstitucionalidad de la precoparticipación del 15% sancionada en 1992, será sobre las cuentas públicas de las tres provincias involucradas. "Los ingresos que recibirían de acá adelante son un monto bastante relevante frente a sus presupuestos provinciales", señala Ariel Barraud, economista de Iaraf, en diálogo con El Economista. Un informe del instituto posterior a la decisión de la Corte dimensiona el efecto de la resolución judicial: "Las provincias de Córdoba y Santa Fe resignaron desde 2006 el equivalente a casi $40.000 millones de pesos cada una medidas a valores actuales, y $10.000 millones en el caso de San Luis. En el caso de las provincias de la zona Centro, es una cifra que equivale a aproximadamente medio presupuesto anual, y a casi un presupuesto entero de la administración puntana". No por casualidad, las tres provincias litigantes están entre las más perjudicadas por la coparticipación y dos de ellas (Córdoba y San Luis) son gobernadas por peronistas que fueron férreos opositores del gobierno de Cristina Fernández, a pesar su condición partidaria. En segundo lugar, el fallo genera un impacto negativo importante para Nación. Según estimaciones de Iaraf, en el mejor de los casos, para cumplir con las provincias involucradas, el Estado Nacional deberá resignar el año próximo alrededor de unos $15.000 M que hoy se destinan a Anses. Pero como señala Barraud, los fundamentos detrás del fallo son comunes a todas las provincias, por lo que el resto se podría sumar al reclamo, lo que implicaría para Nación una pérdida de alrededor de $80.000 M, según Iaraf. Para la Economía & Regiones, en tanto, esto accionaría una suba del 13,9% en los recursos coparticipables proyectados por la consultora para 2016. Pero en tercer lugar, lo que hace el fallo es llamar a rediscutir mecanismos para dar solución al problema de la coparticipación. Desde la sanción de la Ley de Coparticipación de 1988, la distribución original debe ser del 60% de los impuestos internos para las provincias y el 40% para la Nación. Sin embargo, ese esquema se viene revirtiendo, al punto en que, según Barraud, en la actualidad se da el escenario inverso. A diferencia de aquél entonces, incluso, las responsabilidades de los gobiernos subnacionales (en materia de educación, seguridad, salud, etc.) han aumentado considerablemente, aunque no así los recursos. Pero además de la coparticipación primaria, existen serios cuestionamientos a la distribución secundaria, que determina el porcentaje de recursos que recibe cada provincia. Así, se dan desequilibrios como el de la provincia de Buenos Aires, que aporta el 40% del PIB nacional, debería recibir el 21% pero en 2015 recibió -según cálculos del Ieral de la Fundación Mediterránea- apenas el 18,9%. Más aún, desde la reforma constitucional de 1994, la Carta Magna insta al Gobierno Nacional y los 24 distritos a discutir y dar sanción a una nueva Ley de Coparticipación, algo que en los hechos fue imposible de llevar a cabo por cuanto se requeriría un consenso de los 25 actores. Además, la misma cláusula constitucional agrega que ninguna provincia podrá recibir menos de lo que recibe actualmente, lo que implica que el Gobierno Nacional es quien deberá resignar recursos, algo que ningún Presidente quiso resignar. Más todavía cuando al achicar la distribución de recursos automática, las provincias se vuelven más dependientes de las transferencias discrecionales del Presidente, quien puede hacer uso de esa ventaja en términos políticos. En este contexto, nacieron en las últimas dos décadas distintos fondos especiales -como el Fondo de Reparación Histórica del Conurbano, el Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la Anses o el Fondo Federal Solidario (de la soja)- que como señala Barraud, "nacieron para evitar la coparticipación pero introdujeron nuevas distorsiones". Mientras el FGS se utiliza para gastos corrientes y no para garantizar la seguridad social a futuro, los recursos del fondo sojero provienen del comercio exterior y por ende no son originalmente coparticipables. Pero además, remarca el economista de Iaraf, introduce una nueva distorsión en tanto "se nutre del ingreso de retenciones de exportaciones de un cultivo que no lo llevan a cabo todas las provincias, lo que favorece a aquellas que no tienen producción de soja" y porque "acostumbra a las provincias a tener un recurso que depende de un tributo que no es eficiente". El fallo de la Corte Suprema, en ese sentido, en un momento

Seguí leyendo

Enterate primero

Economía + las noticias de Argentina y del mundo en tu correo

Indica tus temas de interés